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Aprueba IETAM la designación de la persona titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídico-Electorales

  • En el marco de esta sesión se resolvieron seis procedimientos sancionadores especiales.

El lunes 24 de junio, el Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) celebró sesión extraordinaria, en la cual las y los consejeros electorales aprobaron la designación del C. Eduardo Leos Villasana como titular de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídico-Electorales (DEAJE).

El licenciadoLeos Villasana cuenta con amplia experiencia en materia electoral, ya queha desempeñado diversos cargos en la Sala Superior y en la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así comoen el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas, recientemente se desempeñó como Coordinador de lo Contencioso Electoral y además comoencargado de despacho de la DEAJE en el IETAM.

Después de haber sido notificado de su nombramiento, el nuevo titular rindió la protesta de ley correspondiente.

En lo que respecta a los procedimientos sancionadores especiales, se resolvieron conforme a lo siguiente:

El procedimiento identificado con la clavePSE-41/2024 declaró existentes las infracciones atribuidas a Luis Antonio Medina Jasso, Presidente Municipal de Soto la Marina, Tamaulipas y otrora candidato independiente al mismo cargo. Las infracciones que se le atribuyen son porpromoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y difusión de propaganda electoral en contravenciónal interés superior de la niñez en la modalidad de aparición incidental. En el mismo expediente se declaró como inexistente la presunta infracción por actos anticipados de campaña al mismo denunciado.

En el desahogo del proyecto de resolución de clave PSE-42/2024se declaró la inexistenciade las infracciones atribuidas a Carlos Víctor Peña Ortiz, alcalde de Reynosa, Tamaulipas y otrora candidato al mismo cargo por la vía de reelecciónpor el supuesto uso indebido de recursos públicos, transgresión a los principios de equidad, imparcialidad yneutralidad, así como promoción personalizada.

De igual forma, se declarócomo inexistentela supuesta comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género, atribuida a José AbdoScheckaibán Ongay y al medio de comunicación “4C NEWS”; así como la infracción atribuida a los partidos políticos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, consistente en culpa in vigilando.

Lo anterior, obra en el expediente del procedimiento sancionador identificado con la clave PSE-56/2024.

En cuanto hace al procedimientoPSE-63/2024, esta autoridad electoral resolvió como inexistenteslos supuestos actos de promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, atribuidos a Ma. Olga Hernández Ávalos,Presidenta Municipal de Casas, Tamaulipas, y candidata al mismo cargo por la vía de la reelección.

Asimismo, se resolvió el procedimiento PSE-97/2024,en el cual se denuncióa Alberto Enrique Alanís Villarreal, candidato a la Presidencia Municipal de Valle Hermoso, Tamaulipas, por la omisión de retirar propaganda electoral tres días antes de la jornada electoral, en contravencióna lo dispuesto en el artículo 211 de la Ley Electoral, así como la colocación de propaganda electoral a una distancia no menor a cien metros de un domicilio en donde se instaló un centro de votación, en contravención a lo dispuesto en el artículo 251 del mismo ordenamiento jurídico. Las consejerías del IETAM resolvieron como existentes ambas infracciones.

Finalmente, se resolvió el procedimiento identificado con la clave PSE-98/2024, mediante el cual se declaró existente la infracción atribuida a Yahleel Abdala Carmona, candidata a la Presidencia Municipal de Nuevo Laredo, Tamaulipas, consistente en difusión de propaganda político-electoral que contraviene el principio de interés superior de la niñez. Así como inexistente la infracción atribuida los partidos políticos Acción Nacional y Revolucionario Institucional, consistente en culpa in vigilando.

La y los ciudadanos cuyas infracciones se resolvieron como existentes, fueron inscritos en el catálogo de sujetos sancionados del Instituto.

El IETAM hace del conocimiento de la ciudadanía el presente comunicado con fines de divulgación; no obstante, el acuerdo y las resoluciones aprobadas por el órgano colegiado, corresponden a la única versión oficial, pudiendo consultarse en los siguientes enlaces:

Acuerdos:

https://ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2024&idTdoc=2

Resoluciones:

https://www.ietam.org.mx/PortalN/Paginas/Sesiones/Documentos.aspx?anio=2022&idTdoc=4
Jordan Espinosa Hernandez
Jordan Espinosa Hernandez
Licenciado en Comunicación por la UAT. Aún cree que la función del periodismo es eminentemente social y no un simple intercambio de mensajes entre la clase política. Reportero desde 2010 en Ciudad Victoria Tamaulipas.
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